Solicitar nombre para SL
Mediante este trámite podrás pedir el nombre de una SL al Registro Mercantil. Un certificado de nombre es imprescindible para la constitución de una sociedad o para un cambio de razón social.
Mediante este trámite podrás pedir el nombre de una SL al Registro Mercantil. Un certificado de nombre es imprescindible para la constitución de una sociedad o para un cambio de razón social.
Si vas a inscribir en el Registro Mercantil una escritura de constitución, ampliación de capital, reducción de capital o liquidación de una sociedad mercantil en la comunidad Madrid tienes que presentar el modelo 600 y actualmente solo se puede hacer de manera telemática.
Mediante este trámite puedes darte de baja como autónomo tanto en la seguridad social como en hacienda en muy poco tiempo sin moverte de casa y con todas las garantías.
¿ Necesitas darte de alta de autónomo para empezar a desempeñar una actividad por cuenta propia y no sabes por donde empezar o no tienes muy claros los pasos?. Estás en el sitio indicado!
Una vez dado de alta tendrás obligación de cotizar en la seguridad social y ello conlleva un gasto mínimo mensual de 286,1 euros. Pero ojo porque hay bonificaciones y subvenciones para nuevos autónomos que quizás puedas aprovechar. Saber más
Mediante este tipo de constitución SL o de sociedades exprés puedes crear una sociedad en España en un periodo muy corto de tiempo (48h) a un precio imbatible.
En el año 2007 se aprueba por primera vez la llamada tarifa plana de autónomos. En líneas generales esta ayuda permite pagar 60 € al mes durante los primeros 12 meses, posteriormente la cuota tiene una bonificación de 50% durante 6 meses y otra del 30% durante otros 6 meses. Todo esto para nuevos autónomos que no habían estado dados de alta durante los 2 años anteriores.
En un primer momento la seguridad social no admitía esa bonificación para autónomos societarios que son aquellos que son accionistas mayoritarios de una sociedad o administradores con al menos un 25% de participación. Pero eso ahora ha cambiado.
Después de varias sentencias del TS, la Seguridad social ha escarmentado y admite ahora esa bonificación lo que abre la posibilidad de SOLICITAR DEVOLUCIÓN POR LAS CANTIDADES PAGADAS DE MÁS.