Consejos cierre fiscal 2020
Se termina por fin este año de pandemia, de confinamiento, de pérdida de seres queridos y de ruina económica para muchos de nosotros.
Y en el mes de Diciembre, como cada año y aunque cueste, sería bueno revisar que podemos hacer para reducir al máximo la factura fiscal . Así evitaremos que el dinero esté en el bolsillo de políticos inútiles y manirrotos. Esos mismos que llevan todo el año 2020 culpándose unos a otros y muchos de ellos en el sofá con el pijama de batman, cobrando el sueldo íntegro y dietas por desplazamientos inexistentes. Por ello te invito a que leas nuestros consejos cierre fiscal 2020.
Compensación pérdidas años anteriores
Si este año tus inversiones han ido bien y acumulas plusvalías latentes en acciones o en fondos de inversión, ETF, etc, revisa bien si tienes pérdidas acumuladas en los años 2016, 2017, 2018 y 2019.
Si tienes pérdidas acumuladas esos años y sobre todo en 2016, sería interesante que vendieras esos fondos o acciones con plusvalías antes de final de año para compensar unas con otras. Recuerda que las pérdidas acumuladas de 2016 solo se pueden compensar hasta el 31/12/2020.
Lo que se puede compensar en IRPF en general son rendimientos o plusvalías de un mismo tipo:
- Por un lado ganancias y pérdidas patrimoniales que son ventas de “cosas”: Acciones, fondos de inversión, ETF, Bitcoins, Inmuebles, etc.
- Por otro lado rendimientos de capital que son intereses, dividendos, cupones de renta fija, etc.
Y por último se permite compensar un 25% los rendimientos de capital (dividendos, intereses) con pérdidas patrimoniales (ventas de acciones, fondos, etc).
Exención reinversión de vivienda habitual
Este consejo vale para todo el año.
Para una correcta planificación fiscal tienes que saber que la plusvalía generada por la venta de tu vivienda habitual no tributa en IRPF si reinviertes esa cantidad en otra vivienda habitual en el plazo de dos años.
¿Qué es una vivienda habitual?: En la que hayas vivido al menos tres años. Recuerda que eso hay que probarlo así que no te olvides de empadronarte cada vez que te cambies de casa.
¿Y si sale más barata la nueva?. La exención solo se aplicará sobre la parte proporcional.
Ventajas transmisiones mayores de 65 años
La ley de IRPF, hoy por hoy, establece una serie de ventajas para ventas de elementos patrimoniales de aquellos contribuyentes mayores de 65 años
- La venta de vivienda habitual para mayores de 65 años está exenta sin necesidad de reinvertir ese dinero en nada en particular.
- La venta de otros elementos patrimoniales como fondos, acciones, inmuebles, etc. pueden estar exentos si se reinvierte esos importe en 6 meses o menos en una renta vitalicia asegurada hasta un límite de 240.000 €. Puede ser interesante para aquellos inversores a largo plazo que tienen grandes plusvalías o inmuebles comprados hace muchos años.
Aportaciones a planes de pensiones.
Las aportaciones a planes de pensiones reducen la base general de IRPF en un máximo de 8.000 euros o 30% de la suma de rendimientos netos de trabajo y actividades económicas si este es menor.
Algunas consideraciones con los planes de pensiones.
- Solo lo recomiendo a aquellas personas que tengan unas rentas altas de trabajo por cuenta ajena o autónomo.
- Ten en cuenta que una vez realizadas las aportaciones no podrás disponer de este dinero salvo en los casos tasados por ley que ahora mismo son:
- Incapacidad laboral, enfermedad grave, muerte del participe.
- Desempleo de larga duración.
- Jubilación
- 10 años después de la aportación (desde 2025)
- Elige bien el plan de pensiones y no te dejes asesorar por ningún banco. La mejor opción en mi opinión es contratar planes de pensiones indexados con las mínimas condiciones posibles. Investiga por tu cuenta. No vayas a una oficina bancaria.
- Si eres rentista no tengas planes de pensiones. Parece obvio pero he visto varias personas con planes de pensiones que no tienen ventajas fiscales ya que no tienen rentas de trabajo ni actividades económicas.
- Ten en cuenta que cuando rescates el plan de pensiones, el importe que recibas se va a considerar como rendimiento de trabajo, como si fuera una nómina, y tributarás por ello.
Planes de pensiones e impuesto de patrimonio
Una ventaja de los planes de pensiones es que no tributan en impuesto de patrimonio. Es decir, los derechos consolidados o el saldo del plan de pensiones no computan en la base imponible del impuesto. Puede ser interesante para aquellas comunidades donde todavía se paga este impuesto medieval.
Aportaciones de capital a empresas familiares
Para rematar el artículo , viendo que me estaba quedando un poco corto, voy a dar un consejo para aquellos patrimonios altos que tienen empresa familiar y viven en una comunidad en la que sí se paga el impuesto de patrimonio.
Las participaciones en empresas familiares están exentas en el impuesto de patrimonio siempre que que
- No sean patrimoniales (que tengan más del 50% del activo afecto a una actividad económica)
- y que cumplan otra serie de requisitos como que tiene que estar dirigida por un familiar hasta 2º grado y se tenga más del 5% del capital o 20% entre familiares de hasta 2º grado.
Por ello es muy interesante en algunos casos aportar bienes que si tributan por impuesto de patrimonio al capital social de una empresa familiar para evitar pagar este impuesto.
Tiene también otra ventaja y es que la ganancia patrimonial en la donación de esas acciones no tributarán en IRPF para el donante si se cumplen algunas condiciones pero eso ya da para otro artículo.